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El hilo invisible entre el crimen y el poder

«Legítima defensa»: pidieron la absolución de los dos policías del Grupo Halcón por el crimen del espía de la SIDE

La Bonaerense versus la SIDE: pidieron la absolución del Grupo Halcón

Pidieron la absolución de los dos policías del Grupo Halcón. Crédito: Télam.

En la anteúltima audiencia por el crimen del espía de la Secretaría de Inteligencia (SIDE), la defensa solicitó este jueves la absolución de Gustavo Ernesto Martínez y Pedro Nelson Alegre al sostener que actuaron amparados por el derecho a la legítima defensa cuando el escalón del Grupo Halcón del que formaban parte allanó la madrugada del 9 de julio del 2013 la casa de Pedro Tomás Viale, alias «Lauchón», agente de Contrainteligencia, para detenerlo en una investigación por narcotráfico, pero que terminó en muerte.

El tribunal está presidido por la jueza Nada Flores Vega e integrado por Héctor Omar Sagretti y María Claudia Morgese Martín. El fiscal de juicio es Carlos Cearras, los abogados Santiago Blanco Bermúdez y Julián Subías representan a la familia de la víctima y dos letrados, a la Agencia Federal de Inteligencia (SIDE / AFI). De los medios, solo Encripdata cubrió el debate.

En la jornada anterior, los abogados de la familia exigieron prisión perpetua con accesoria a reclusión por tiempo indeterminado para Martínez y Alegre porque a Viale «lo fueron a matar»; los representantes de la AFI, en cambio, solicitaron 5 años de prisión por exceso en la legítima defensa; y el fiscal, en esa línea, pidió 4 años por atenuantes como la falta de antecedentes, los estudios, la buena impresión y sus fojas de servicio.

Al solicitar la absolución de los dos policías bonaerenses, el defensor Fabián Améndola desplegó la siguiente estrategia:

-Vengo a contestar las acusaciones -anunció-. No voy a agregar cuestiones novedosas, por lo que no habría necesidad de réplicas. Voy a empezar por la querella de la familia Viale, que es la acusación más gravosa. Cuestiona la legalidad del allanamiento. Esa parte pidió citar al juez y al secretario del juzgado federal de Tres de Febrero, también cuestiona el cumplimiento de ese allanamiento. He escuchado que en la investigación de origen no se lo investigaba a Viale por narcotráfico sino por cuestiones documentales. La carátula de la causa 923/13 ‘Carricaburo y otros s/ infracción Ley 23.737, artículos 210, 262, 292, 289 bis’. Se pretendía decir que el juez fue engañado, pero tenía muy claro de qué se trataba la organización: narcotráfico y todos estos otros delitos. En el auto de fecha 8 de julio de 2013, el juez Culotta ordena 17 órdenes de allanamientos, en la resolución trató el tema de Viale: Carricaburo actuaría con Pedro Tomás Viale; Carricaburo se dedica a cocinar estupefacientes, le decían ‘Carri’ o ‘Cocinero’. A fojas 507 vuelta, el juez expresa en dos párrafos: ‘Según la investigación, Viale pertenece a la SIDE y ayudaría a Carricaburo en la investigación que realiza’. No es nuestra tarea resolver si Viales estaba o no cometiendo ilícitos, pero esa causa terminó con Carricaburo condenado, como recordó el fiscal en su alegato, por este mismo tribunal. El juez habla de estafas, documentos, terrenos. El juez transcribe las escuchas telefónicas de Carricaburo con el señor Viale. El 13 de noviembre del 2012:
‘V: Hola, soy yo, boludo. Son dos kilos a 800 dólares cada kilo. Tienen 50 kilos más.
C: Pero ahora… ¿cuánto tienen?
V: Dos kilos, te los dan si los pago y después te traen 50 kilos más… fijate si le podés hacer una moneda, pero ¿no es mucha plata eso, boludo?
C: No, quedate tranquilo, yo le voy a hacer una moneda, pero a estos dos primeros, no… yo los voy a vender a mil, o sea, en esos dos vamos a ganar poquito.’

El rol del Grupo Halcón

-Cuestionaron que el allanamiento haya sido un día inhábil, feriado, de madrugada. La resolución lo contesta. El juez expresa: tenía conocimiento de que el 8 de julio del 2013 llegaría un cargamento de estupefacientes para Carricaburo en un vehículo acondicionado, por eso necesitaba que el allanamiento fuera inminente. Entonces, nadie fue engañado, la prueba señala a Viale trabajando de común acuerdo con una persona condenada por narcotráfico. También se dijo que el juez no autorizó a entrar con el Grupo Halcón, demuestran desconocimiento de cómo se hacen estos procedimientos: de los 900 allanamientos por año, según contó León, nunca, nunca, nunca un juez pone que se use al Grupo Halcón y nunca, nunca, nunca un juez cuestionó el uso del Grupo Halcón. La gran mayoría de los allanamientos del Grupo Halcón son allanamientos por estupefacientes. El mismo juez Salas, subrogante, dispuso la detención de todos los miembros del escalón del Grupo Halcón el 28 de agosto del 2014, ese mismo juez firmó muchas órdenes de allanamiento por narcotráfico con el Grupo Halcón y nada dijo. Esto del juez Salas es hipocresía judicial. Entonces, ni engañado ni injustificado. El Grupo Halcón fue convocado a cumplir una orden de allanamiento, remarco orden porque emana de una autoridad competente, ningún policía puede negarse a cumplirla.

La Bonaerense versus Viale

Se sabía que Viale pertenecía a la SIDE ¿y eso qué tiene que ver? Lo único que no hizo Maldonado fue pedir la intervención del teléfono de Viale ¿Saben por qué? Para esa fecha, las intervenciones telefónicas estaban a cargo de la SIDE, era avisarle de la investigación. Maldonado firmó la orden de servicio, pidió un escalón del Grupo Halcón, 26 grupos operativos, 5 comisarios y un camión de traslado de detenidos. Los citó para las 2 de la mañana porque este tipo de procedimientos se hace de madrugada, el efecto sorpresa es clave para el éxito de las investigaciones. Cuestionaron: ¿por qué se pide al Grupo Halcón? Lo pide Maldonado. Acá se lo criticó mucho. El doctor Subías dijo: ‘¿Por qué se va a buscar de esa manera a alguien que va a reaccionar de manera violenta?’ Está excelente la decisión de Maldonado, el resultado de esta causa lo demuestra: si no hubiera ido el Grupo Halcón, habríamos tenido tres o cuatro policías muertos. Veamos el legajo de Maldonado: muchísima trayectoria, multipremiado, fundamentalmente en causas sobre narcotráfico. Maldonado estaba altamente calificado para evaluar el uso del Grupo Halcón. Cuando se habla de objetivo, no sé qué quisieron escuchar, se referían al domicilio, nunca a una persona.

El derrotero de la investigación

Veamos el orden cronológico: el 9 de diciembre del 2013 llaman a indagatoria a los imputados, está incorporado por lectura; el 4 de junio del 2014 llaman a indagatoria a Maldonado, Tsuruoka y Fasone; el 28 de agosto del 2014 el doctor Salas firma el auto de procesamiento y detención. Enarbolan la teoría del complot policial para matar a Viale por problemas en el marco de la causa de ‘Mameluco’ Villalba. Las detenciones se prolongaron ocho meses, hasta el 24 de abril del 2015, cuando la Cámara las revocó, dejó solo a mis dos asistidos, inmediatamente excarcelados. Desde entonces, el Ministerio Público Fiscal (MPF) y la querella quisieron justificar lo que dice Salas y la Cámara no encuentra acreditado. El fiscal Basso pedía pruebas: si hay protocolo para allanamiento simultáneos y si hay protocolo para la actuación de grupos especiales, lo adelanto: no hay protocolos. Hasta las detenciones, Asuntos Internos solo había abierto un sumario administrativo sobre Maldonado, no sobre el escalón del Grupo Halcón. La AFI dice: ‘No cabe ninguna duda de que la muerte de Viale fue planificada con una orden judicial arropada para lograr la impunidad’. El que escribió esto merece un Pulitzer: toda la Policía se complotó ¿Qué dice el fiscal? Que la querella aporte las pruebas. La SIDE contestó: que Viale era un agente operativo, por su actividad específica podría tener tareas encubiertas que desconocía, de los registros no surgen investigaciones en concreto. Después de estos ocho meses detenidos, el fiscal pide al juez que averigue los teléfonos y haga un entrecruzamiento de llamadas ¿Cuál fue el resultado? Más allá de alguna conversación entre compañeros, no hay una sola llamada entre los que llevaron adelante la investigación y los miembros del escalón del Grupo Halcón, entre el 1 de enero del 2013 y el 9 de julio de ese año. Lo hizo la Gendarmería. No tiene ningún tipo de sustento la supuesta comunidad subjetiva para matar a Viale.

La pista «Mameluco»

-Se pidió el comparendo de Stiuso y otro jefe, no está incorporado por lectura ni se permitió que declararan en este debate, pero el juzgado evacuó citas de estas dos declaraciones. Se instaló la idea de que Carricaburo era informante de Viale y que había sido compañero de detención de Tarzia, que este le había dado información a Carricaburo y este a Viale que permitió la detención de ‘Mameluco’. El juez pidió al Servicio Penitenciario Federal (SPF) que informe si Carricaburo y Tarzia estuvieron detenidos juntos, el SPF informó que nunca compartieron lugar de detención. Se dijo que Peña, el director de Narcotráfico, había trabajado allanamientos con Viale; Asuntos Internos informó que no existe constancia de eso. Se dijo que ‘Mameluco’ fue detenido y que Viale había participado en la investigación que generó la detención, se pidió la causa, está incorporada por lectura, Salas convocó a testimonial a los policías de la Bonaerense y de la Federal y les preguntó si Viale actuó en la investigación, no, ninguno de ellos manifestó que la SIDE haya participado en esa causa. La causa residual, certificada por la secretaría de este tribunal, dice: ‘Para ver si en estos actuados surgen nuevos elementos’.

La pericia balística

-Los acusaron de homicidio, las tres iguales en este sentido ¿Con qué prueba está demostrado que Alegre mató a Viale? Los acusadores lo dieron por sentado, pero ninguno se ocupó de señalar las pruebas de eso, no es verdad que los disparos provengan de las armas de estas dos personas, la pericia determina, individualiza cada uno de los orificios de entrada y los proyectiles, se habló de que acribillaron, no está acreditado que los disparos de Alegre hayan dado en el cuerpo de la víctima. El OE5 es el importante, es el proyectil que le causó la muerte al señor Viale. ‘El que matare…’, es esta y no otra, fue identificado como P1, correspondía a la ametralladora K6 de Martínez. Los únicos dos proyectiles en el cuerpo de la víctima son del mismo arma. Se hizo mención a la vaina G8 y el proyectil G10 en el interior del baño, también se corresponde con la ametralladora K6. La autopsia dice que la mayoría de los disparos no son vitales, la mayoría son esquirlas, lo que tiene en la frente es una esquirla. Acá se escuchó decir que lo fueron a rematar, pero no sabemos de qué arma es. Es un exceso decir que en menos de un minuto lo ultimaron y montaron una escena, los excesos están mal, incluso le hacen creer a la familia algo que no pasó.

El enfrentamiento armado

Hubo un enfrentamiento armado ¿Por qué ocurrió? El Grupo Halcón fue recibido a los balazos ¿Cómo fue el procedimiento? El Grupo Halcón irrumpió la puerta de ingreso de la línea municipal, antes de la segunda puerta advirtieron una luz tenue, el sigilo se mantuvo hasta el ingreso a la casa, comenzaron a despejar el lugar, Alegre vio en la cocina una pantalla, una cámara, era la luz tenue, un vaso de agua, una botella transpirada, eso le hizo pensar que instantes antes alguien había tomado agua, eso le hizo pensar que habían perdido el factor sorpresa, Martínez mientras despeja el living, ‘despejado, despejado’. En los alegatos de la AFI y el MPF quedó más que claro que gritaron ‘Policía, Policía’. La mujer, si bien en un principio lo negó, acá declaró que dijo que escuchó: ‘Gritos y tiros, mi marido gritó: ‘Chapa, chapa’, ahí los habrá visto’. La querella de la familia dijo que Viale interpretó que era un grupo comando. Si el testigo Perna pudo identificar al Grupo Halcón por el uniforme ¿cómo no lo iba poder hacer Viale, con 30 años en la SIDE? Que le pida identificaciones en ese momento, en medio de la balacera, no existe, los recibió a los balazos. Mis asistidos actuaron con base a la legítima defensa porque se trató de una agresión ilegítima, Viale no tenía derecho a repeler la agresión en su domicilio. El Grupo Halcón entró con legalidad de la orden de allanamiento. No hay derechos absolutos. No sé cómo hubiera terminado la causa sobre Viale, pero sí sé comó terminó con Carricaburo.

La legítima defensa

En cumplimiento del deber, el Grupo Halcón ingresó a la vivienda de Viale y como respuesta recibe disparos de arma de fuego, fue una agresión ilegítima. El Grupo Halcón utilizó el armamento con el que contaba en ese momento, la utilización de las armas de fuego fue con proporcionalidad ¿Dónde radica la diferencia entre nosotros y la AFI y el MPF? Para llegar a esa conclusión, sus alegaciones resultaron fragmentadas. El análisis parte de un supuesto que no es el de autos, pretenden de mis asistidos haber tomado una actitud distinta: en un lapso de tres segundos, el tiempo que tardó Viale en ir del fondo del pasillo donde estaba parapetado hasta el baño, que es un metro, está al lado, acá hay un dato crucial, salvo estos tres segundos, Viale nunca depuso su actitud y nunca dejó de agredir, continuó disparando, hay cuatro vainas en el baño ¿Esto qué significa? La actualidad de la agresión ilegítima. Nunca depuso su actitud a pesar de que tuvo la oportunidad. Para esta defensa, fue la forma correcta de repeler una agresión armada a través de las armas. No hay dudas. De ellos se pretende que se hubieran replegado, que no siguieran disparando, que llamaran a un mediador, esa no era la conducta correcta, Viale no dejó de disparar, el peligro de vida para Martínez y Alegre era inminente. Pretender que en el medio del tiroteo ellos se replegaran es exigir una conducta heroica que no se puede pedir. En función de lo que vengo señalando, la prueba, lo incorporado por lectura, los legajos de Martínez y Alegre, los informes socioambientales, los informes sobre reincidencia, no tengo ninguna duda que obraron amparados por la legítima defensa. Dejenme citar dos o tres fallos. En el fallo Brandan, un halcón imputado por un allanamiento del 2018 en el que disparó contra el morador porque extrajo un arma, aunque se peritó que el arma no estaba apta para el disparo, el tribunal lo absolvió porque la agresión de Acuña era actual e inminente ¿Cuáles son los casos en los que la jurisprudencia no acompaña? Cuando la persona deja de agredir, lo dijo Martínez: ‘Si hubiera soltado el arma, ahí terminaba el procedimiento’. Está acreditado que mis defendidos obraron amparados por la legítima defensa. Voy a pedir que al momento de la sentencia se dicte un veredicto absolutorio.

Tras el alegato de la defensa, los abogados de la familia pidieron formular la réplica, pero el tribunal, primero por presidencia y luego en pleno, no hizo ha lugar al entender que no introdujo elementos novedosos para debatir.

La próxima semana, los acusados tendrán la posibilidad de dar sus últimas palabras.

Después solo quedará conocer el veredicto del tribunal.

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