Encripdata

El hilo invisible entre el crimen y el poder

En un segundo juicio, absolvieron a un viejo proveedor de la Casa Rosada: nadie sabe cómo llegaron 380 kilos de cocaína a España

En un segundo juicio, absolvieron a un viejo proveedor de la Casa Rosada

En un segundo juicio, absolvieron a un viejo proveedor de la Casa Rosada

Doce años y dos juicios después, los magistrados del Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) 1 porteño absolvieron a Alfredo Miguel Ferrucci por el contrabando de 380 kilos de cocaína. Los jueces Sabrina Namer, Adriana Palliotti y Nicolás Toselli dieron por probada la responsabilidad objetiva del dueño de United Stone SA, pero no así la faz subjetiva, por lo que priorizaron el beneficio de la duda para liberarlo de culpa y cargo, como reza el fallo al que accedió Encripdata.

Todo comenzó en el 2013 con «un favor» que el comerciante argentino le hizo a un empresario español con la promesa de contratarlo como su proveedor para las obras en el metro de Orán, Argelia. Anteriormente, fue proveedor del pórfido patagónico que luce la explanada de la Casa Rosada, también la de la Balísica de Luján y otros sitios destacados de la Argentina. Pero esa «gauchada», hacerse cargo de la exportación del mármol travertino comprado a un tercero, terminó en el contrabando del cargamento incautado el 25 de febrero de 2014 en el puerto de Valencia.

Los «ladrillos» tenían una pureza del 77%, las marcas Puma y Dior en bajorrelieve y el destino de una «entrega controlada», momento en el que agentes aduaneros arrestaron a Javier Canto Tortosa, tal la verdadera identidad de quien se movía entre Buenos Aires y Puerto Madryn como «Jordi Bosch», quien le pidió a Ferrucci que el envío lo hiciera por el puerto de Buenos Aires. En la Argentina, alguien logró que el cargamento pasara sin ser detectado. En España, lo estaban esperando por un «chivatazo». Entonces, en 2015, la Audiencia de Valencia lo condenó a él y dos españoles más a 6 años de prisión.

En un primer juicio, en 2020, el TOPE 3 absolvió a Ferrucci porque las pruebas alcanzaron para dar por probada su responsabilidad objetiva, pero fueron insuficientes sobre la faz subjetiva, es decir, la exportación la había hecho él sin saber de la droga escondida entre el mármol travertino paletizado de forma horizontal por pedido del empresario español.

Ante una primera revisión, en 2021, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a los recursos de casación interpuestos por la parte querellante y por la fiscalía general, anuló la sentencia en cuanto fue materia de recurso y remitió las actuaciones a su origen a fin de que, por quien corresponda, se dictara sentencia con ajuste a los lineamientos aquí sentados, es decir, teniendo presente el dolo eventual de Ferrucci.

En consecuencia, en marzo de 2022, el TOPE 1, con independencia de la opinión que pudiera tener, condenó a Ferrucci a 5 años y 10 meses de prisión por su responsabilidad objetiva y subjetiva en la maniobra.

Ante una segunda revisión, a finales de 2022, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a los recursos de casación de la defensa, dejó sin efecto la sentencia y ordenó la realización de un nuevo juicio sin la intervención de los jueces que ya se pronunciaron.

Y eso fue lo que finalmente sucedió este año: otra vez las partes debatieron la faz subjetiva de la maniobra de contrabando. Y, en un nuevo giro, los nuevos jueces del tribunal le dieron la razón a Ferrucci, quien, a lo largo de todos estos años, sostuvo que el pecado original fue hacerle ese «favor», esa «gauchada», a Canto Tortosa: enviar a través de su empresa el mármol travertino que le había comprado a un competidor suyo, un tal Hugo Javier Domínguez, dueño de ISIM SA y Rincón del Águila, que nunca se lo había mandado a España por una pelea, pero que, después de tanto insistir, había podido rescatarlo y lo tenía parado en San Juan.

Si bien la maniobra fue por «contaminación» y no por «gancho ciego» y la forma del paletizado fue determinante para esconder el cargamento, los magistrados consideraron insuficientes esos indicios porque Ferrucci gozaba de trayectoria en el sector, el envío lo hizo a la vista de sus empleados y contrató a una empresa reconocida en el sector marítimo para la exportación.

Y lo más importante: «Cabe destacarse que esta cuestión sobre la que no se cuenta con certeza alguna, dado que no se profundizó su investigación, resulta de gran importancia para la resolución del caso, en tanto y en cuanto determina el desconocimiento acerca del lugar donde fue acondicionado el estupefaciente y, en lo que interesa, la insuficiencia de prueba para vincular a Ferrucci con la sustancia prohibida«.

Dos juicios después, las autoridades no saben quién, cuándo y dónde contaminó el contenedor.

Y ya pasaron doce años.


Somos un medio especializado en el crimen organizado en la Argentina, sus relaciones subterráneas y sus conexiones internacionales. Hacemos periodismo de investigación sin recurrir a pauta oficial ni a publicidad privada. Somos Encripdata, el hilo invisible entre el crimen y el poder. Si te gustó esta historia, tomemos un café y te contamos más.

Invitame un café en cafecito.app

About Author