Encripdata

El hilo invisible entre el crimen y el poder

Un tribunal condenó a Maronna por 10 hechos de lavado, pero no lo mandó a la cárcel porque el caso le provocó «trastornos»

Condenaron a Maronna por 10 hechos de lavado narco, pero no fue a la cárcel porque la causa le provocó trastornos

Condenaron a Maronna por 10 hechos de lavado narco, pero no fue a la cárcel porque la causa le provocó trastornos. Crédito: LN.

El Tribunal Oral Federal de Corrientes, recientemente, encontró penalmente responsable a Carlos Rodolfo Maronna como autor del lavado de activos de origen delictivo, según el fallo al que accedió Encripdata. La fiscalía, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Unidad de Información Financiera (UIF) pidieron la mayor pena para ese tipo de delito, 10 años de prisión, más dos agravantes por haber cometido 17 hechos en banda y con habitualidad, pero el tribunal, que dio por probado 10 aunque sin agravante alguno, llamativamente, lo sentenció a la penar menor posible, 3 años de prisión, cuyo cumplimiento dejó en suspenso.

Entre 2011 y el 1 de octubre de 2014, Maronna puso a disposición 17 autos y motos para Roberto Eduardo Rodríguez, el dueño de la concesionaria RR VIP Aumotores, ubicada en Posadas, Misiones, a través de la cual Rodríguez también lavaba activos provenientes del contrabando de marihuana desde Paraguay. Ese día, el juez federal Carlos Vicente Soto Dávila ordenó arrestar a Maronna, Rodríguez, quien se hacía llamar Ricardo Gabriel Sosa, y cinco personas más.

En 2018, este mismo tribunal, pero con diferente integración, condenó a todos menos a Maronna. La peor parte se la llevó Rodríguez o Sosa: 13 años de prisión por lavar activos provenientes del narcotráfico, en banda y con habitualidad.

Maronna no formó parte de ese juicio porque, durante la instrucción, el juez Soto Dávila le decretó, primero, la falta de mérito y, después, el sobreseimiento. La fiscalía consintió, pero la querella apeló. En 2023, un tribunal condenó al exmagistrado a 6 años de prisión, precisamente, por prevaricato y cohecho pasivo, es decir, emitir resoluciones judiciales a sabiendas contrarias a ley para favorecer a organizaciones criminales a cambio de plata. Mientras tanto, y luego de varias idas y vueltas, la Cámara Federal ordenó seguir investigando al empresario. Todo eso y otros planteos formales e informales, alargaron el proceso hasta este año.

Durante el debate, Maronna aceptó declarar, pero no responder preguntas: «Fui sometido a 11 años de calvario y a las peores cosas que le pueden pasar a una persona. Nadie sabe lo que es estar en un calabozo o en una cárcel. Mancharon mi nombre, me pusieron en Internet y desprestigiaron mi negocio. Lo único que hice fue comprar y vender autos, si lo hice como un verdulero y me equivoqué, lo acepto, pero de ninguna manera lideré ni estuve dentro de una banda, que no sé ni lo que es. No quiero decir una locura, pero en este tiempo habré realizado más de 2 mil operaciones de compraventa, seguro».

Durante la etapa de contradictorio, las partes, en realidad, no discutieron si el acusado lavó activos -él mismo reconoció que actuó «como un verdulero»- sino que se concentraron en contestar tres preguntas: cómo, por qué y para quién más.

Los fiscales Carlos Schaefer y Martín Uriona y las querellas de la ARCA y de la UIF recordaron que desde el 26 de junio de 2011, por la Ley 26.683, Maronna, como dueño mayoritario de la concesionaria de Pilar, era un sujeto obligado a informar operaciones sospechosas ante la UIF, pero la defensa sostuvo que su deber comenzó a regir desde el 22 de agosto de 2014 cuando se inscribió como tal.

En el veredicto, el tribunal le dio la razón a los acusadores: «La ley debe ser cumplida por todos los ciudadanos a partir de la fecha en la que entra en vigencia. Maronna pudo haber detenido el curso causal de la conducta de lavado de activos adoptando las medidas preventivas, pero no lo hizo».

Para los acusadores, Maronna operó así porque formaba parte de la banda de Rodríguez o Sosa, de hecho, presentaron elementos de las conexiones de aquel con otras organizaciones criminales, como la de Loza, con quien se comunicó en 2018 para intermediar en la compraventa de un campo en San Pedro por 1,9 millones de dólares, pero la defensa señaló: «Un acusador dijo que pertenecía a la organización; otro acusador dijo que era socio; y una acusadora dijo que era partícipe necesario. Cuando los alegatos en vez de sostenerse en hechos y en pruebas, son nada más que retórica, terminan pasando estas contradicciones argumentales».

En este aspecto, el tribunal le dio la razón a los defensores: «Estamos persuadidos de que Maronna siempre se mantuvo en su rol de comerciante dedicado a la compraventa de vehículos, y que realizaba su negocio comercial en forma dinámica, pero sin cumplir con toda la normativa impositiva y fiscal».

Y, tal vez lo más importante, los fiscales y las querellas insistieron con que Maronna sabía que Rodríguez se movía con la identidad de Sosa, su cuñado, para que esquivar a los investigadores, es más, sumaron elementos de otro expediente sobre la disposición de una casa en el barrio Los Sauces como conexión entre la hermana del empresario y el verdadero Sosa, pero la defensa sostuvo que no existía ninguna prueba, ninguna escucha, que demostrara que el acusado conociera realmente la identidad de uno de sus mejores clientes. Sobre este punto, el tribunal le concedió el beneficio de la duda.

Para los acusadores, Maronna, a través de los 17 hechos imputados, lavó activos provenientes del narcotráfico por 3,6 millones de pesos de aquel período, es decir, 1.267 millones de pesos o 905 mil dólares a la fecha, pero la defensa apeló a la historia argentina: «Tenemos un Estado que lejos de castigar ciertas situaciones, cada tres años saca un blanqueo. Entre 2011 y 2025 se blanquearon miles de millones de dólares. Esta es la realidad de la Argentina, no la que nos dice el GAFI, esta es nuestra realidad: tenemos el 50 % de la economía en negro. El Estado permitió que 141.180 millones de dólares del mercado negro ingresaran al mercado legítimo de activos, cuatro presidentes, pero nos horrorizamos porque Maronna tiene algo no declarado«.

En resumen: el tribunal minimizó los delitos cometidos por Maronna, no dio por probado los agravantes de la habitualidad porque consideró que los hechos «no representaban un gran número» respecto de la totalidad de las operaciones de la concesionaria y de banda «no existían contactos» con los demás integrantes de la organización, cuando, directamente, hablaba con el líder y tomó en cuenta como atenuante que «el ligamen a la causa le ha provocado serios desarreglos y trastornos en su vida, como él mismo los relató, que deben compensarse al momento de asignar la sanción«.

Así fallaron Eduardo Ariel Belforte, Enrique Jorge Bosch y Manuel Jesús Alberto Moreira, los jueces del tribunal.


Somos un medio especializado en el crimen organizado en la Argentina, sus relaciones subterráneas y sus conexiones internacionales. Hacemos periodismo de investigación sin recurrir a pauta oficial ni a publicidad privada. Somos Encripdata, el hilo invisible entre el crimen y el poder. Si te gustó esta historia, ayudanos a contar la próxima.

Invitame un café en cafecito.app

About Author